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REGLAMENTO PARQUEADERO
REGLAMENTO DE PARQUEADERO
CENTRO COMERCIAL SANTA LUCÍA PLAZA P. H. 2026
AL HACER USO DE LAS INSTALACIONES DEL PARQUEADERO SE ENTIENDEN ACEPTADAS EXPRESAMENTE POR EL USUARIO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS A CONTINUACIÓN, LAS CUALES AGRADECEMOS LEER ATENTAMENTE:
- El ingreso del vehículo a las instalaciones de CENTRO COMERCIAL SANTA LUCÍA PLAZA P. H., implica la cesión temporal de un espacio para el aparcamiento de su vehículo con mecanismos de control de ingreso y salida, únicamente.
- La gestión de estacionamiento constituye una actividad accidental o accesoria derivada del funcionamiento del Centro Comercial. CENTRO COMERCIAL SANTA LUCÍA PLAZA P. H. no se dedica profesionalmente a la prestación de servicios de parqueadero de vehículos, sólo está facilitando un espacio para que usted estacione su vehículo durante su permanencia en las instalaciones del CENTRO COMERCIAL.
- El valor del uso del espacio será determinado por la administración de CENTRO COMERCIAL SANTA LUCÍA PLAZA P. H., conforme a la normatividad vigente que le regule.
- Dentro de las instalaciones del parqueadero aplica la LEY 769 DE 2002, aquellas que la modifiquen, aclaren o adicionen y las demás normas nacionales de tránsito vigentes.
- Al ingresar usted podrá hacerlo mediante la lectura de la placa de su vehículo, TAG vehicular, o impresión de un tiquete en el que se registran los datos del ingreso de su vehículo.
- Al pagar deberá registrar la identificación de la placa de su vehículo en los puntos de pago o en las plataformas virtuales correspondientes. Una vez efectuado el pago, el sistema lo reconocerá y relacionará con su placa, y le permitirá la salida automáticamente. En caso de presentar inconvenientes de lectura de su placa, deberá reportarlo ante el personal del Centro comercial que estará debidamente identificado para resolver la situación. En caso de haber recibido un tiquete para el ingreso del vehículo, deberá conservarlo para facilitar atención de cualquier novedad. En caso de no tener el tiquete, deberá continuar con el procedimiento del numeral 14.
- Parquee su vehículo en reversa, debidamente apagado, con sistemas de alarma y bloqueo activados, cerrando puertas y ventanas, en los espacios designados para tal fin y acorde a su tipo de vehículo.
- Para motocicletas, se sugiere el uso de guarda cascos, ubicado en el sótano 1, en la zona destinada para el parqueadero de este tipo de vehículos.
- Todos los vehículos deberán circular conservando la derecha a una velocidad máxima de 10 km/ h.
- Está PROHIBIDA la estadía de menores de edad y mascotas dentro de los vehículos.
- Está PROHIBIDO realizar cualquier tipo de arreglo, labores de mecánica, reparaciones, surtido de combustible, labores de enseñanza y/o práctica de conducción dentro de las instalaciones del parqueadero, salvo aquellas expresamente autorizadas por la Administración del centro comercial.
- NINGÚN VEHÍCULO ESTÁ AUTORIZADO PARA PERMANECER EN LAS INSTALACIONES DEL PARQUEADERO DESPUÉS DE REALIZADO EL CIERRE, en caso de fuerza mayor o caso fortuito el propietario del vehículo deberá reportar en la Administración su caso para evaluar las condiciones de la prestación del servicio, costos asociados, estado del vehículo, entre otros. En caso de no hacerlo, se asumirá abandonado el vehículo y se procederá a reportar a las autoridades competentes para su retiro de las instalaciones.
- En caso de requerir asistencia mecánica, carro taller, grúa o similares, el usuario deberá coordinar previamente con la Administración y el prestador del servicio una visita para verificar las condiciones físicas de altura, peso, ingreso y salida. Dicha visita no implica la aceptación del ingreso, y los costos asociados serán responsabilidad del usuario.
- En los casos en los que se le asigne un tiquete de entrada, el usuario será responsable por el cuidado de este, y en caso de deterioro y/o pérdida el usuario deberá acercarse a la oficina de parqueadero con la licencia de tránsito (tarjeta de propiedad), y cédula de ciudadanía, y realizar el proceso de tiquete perdido, cuyo costo estará debidamente publicado en el Reglamento de parqueadero.
- En caso de pernoctación, el usuario deberá solicitar la debida autorización en la Oficina de Parqueaderos, en donde se indicará el procedimiento, pago y posterior retiro del vehículo. En caso de no ser notificado el parqueadero podrá realizar las acciones que considere pertinentes para el aseguramiento del vehículo.
- CENTRO COMERCIAL SANTA LUCÍA PLAZA P. H. podrá reportar a las autoridades competentes y/o solicitar el retiro de cualquier vehículo que a su juicio genere riesgo para la seguridad de las instalaciones y/o personas.
- El vehículo solo podrá ser retirado:
- Una vez realizado el pago del servicio en los puntos de pago y dentro de los 15 minutos siguientes al pago.
- Por el usuario quien ingresó el vehículo, su propietario o la persona debidamente autorizada por este. Dicha autorización deberá estar firmada por el propietario del vehículo y validada por la Administración del Parqueadero.
- Presentando los documentos que acrediten la propiedad, en caso de tiquete extraviado o para el caso de vehículos que pernocten.
- CENTRO COMERCIAL SANTA LUCÍA PLAZA P.H. responderá por todos los artículos distintos de los equipos anexos o complementarios de los vehículos perceptibles a simple vista, dejados en el vehículo, siempre y cuando el usuario se someta a las siguientes reglas especiales expresadas en los términos del artículo 18 de la ley 1480 de 2011 y de los numerales 4.2.2.1 y
4.2.2.2 de la circular única expedida por la Superintendencia de Industria y Comercial que expresan:
“4.2.2.1 El consumidor deberá denunciar o informar expresamente al momento de su ingreso al parqueadero sobre la presencia de elementos en el vehículo, distintos de los equipos anexos o complementarios, de lo cual el prestador del servicio deberá dejar constancia por escrito”.
“4.2.2.2. Si el consumidor no denuncia o informa expresamente al momento de su ingreso al parqueadero sobre la presencia de elementos en el vehículo, distintos de los equipos anexos o complementarios, el prestador del servicio sólo estará obligado a responder en los términos indicados en la letra “d” del numeral 4.1 del presente capítulo previa demostración, por parte del consumidor, de la existencia de los elementos dejados en el vehículo al momento de su ingreso al parqueadero, así como el hecho de que la sustracción, variación o deterioro se produjeron dentro del mismo “.
Literal d del numeral 4.1 de la circular única de la Superintendencia de Industria y comercio:
“d) En caso de que el bien objeto de la prestación sufra perdidas, variación o algún deterioro por causa diferente al caso fortuito o fuerza mayor debidamente probado, deberá subsanarse el daño cambiando el bien por otro de igual calidad y valor o pagando el valor acordado por las partes, o en su defecto, el que fije la Superintendencia de Industria y comercio”.
19. En consecuencia, CENTRO COMERCIAL SANTA LUCÍA PLAZA P.H. NO ASUME RESPONSABILIDAD ALGUNA POR:
- El retiro del vehículo por personas diferentes al usuario que ingresó el vehículo, su propietario o la persona debidamente autorizada por este.
- Pérdida, extravío, hurto de cualquier tipo de bienes u objetos que hayan sido dejados dentro de los vehículos, amarrados con sistemas de sujeción, en paqueteros, maleteros o similares y no declarados a la Administración.
- Pérdidas, daños o deterioros ocurridos al vehículo como consecuencia de incendio, terremoto, motín, asonada, conmoción civil, revolución armada, riesgos políticos, u otros hechos que constituyan fuerza mayor o caso fortuito.
- Cualquier daño, avería y/o defecto existente en el vehículo antes de ingresar al parqueadero, así como cualquier tipo de falla mecánica, eléctrica y/o de cualquier otra índole que presente su vehículo durante la permanencia en el parqueadero.
- Colisiones o accidentes que ocurran dentro del establecimiento ocasionados por terceros.
- Vehículos dejados posteriormente al cierre del parqueadero y que no sean reportados a la Administración de parqueadero.
- Cualquier situación y/o novedad generada por la violación e incumplimiento (total o parcial) de las condiciones anteriormente establecidas.
- Cualquier reclamo efectuado después de haber retirado el vehículo del parqueadero.
TARIFAS Y BENEFICIOS POR COMPRAS EN NUESTROS LOCALES:


CONDICIONES ESPECIALES:
- Después de realizado el pago, dispondrá de 15 minutos para salir; pasado este tiempo se iniciará un nuevo periodo de cobro
- El beneficio será de horas continuas dentro del mismo día
- La responsabilidad de otorgar el beneficio será de cada establecimiento ancla, eximiendo de cualquier responsabilidad a Centro Comercial Santa Lucía Plaza P. H.
- Formas de pago: efectivo, tarjetas débito y crédito, y plataformas de pago virtuales GOPASS, FLYPASS y ZYBO
- Los beneficios no son acumulables entre sí, ni con otras promociones
- Las tarifas están sujetas a cambios sin previa comunicación
HORARIOS DE SERVICIO PARQUEADERO DE SANTA LUCÍA PLAZA

Ningún vehículo podrá ingresar ni salir antes ni después de los horarios establecidos.
Ningún empleado o trabajador de CENTRO COMERCIAL SANTA LUCÍA PLAZA P.H. está autorizado para eximir, modificar parcial y/o totalmente cualquiera de las anteriores condiciones.
Para solicitudes y notificaciones relacionadas con el servicio de parqueadero de CENTRO COMERCIAL SANTA LUCÍA PLAZA P. H., escribir al correo electrónico parqueadero@santaluciaplaza.com.co
Para mayor información, visita www.santaluciaplaza.com.co